Quartell gana el contencioso interpuesto por varios trabajadores municipales
Una sentencia da validez a la relación de puestos de trabajo aprobada en 2023 y desestima el recurso de la portavoz del PP y dos compañeros

Vistas de Quartell. / Daniel Tortajada
El Juzgado de lo Contencioso istrativo nº 7 de València ha "desestimado íntegramente" el recurso presentado por tres trabajadores del Ayuntamiento de Quartell, entre ellos, la actual concejala del PP y portavoz del grupo municipal, Eva Vilar, contra la aprobación definitiva de la relación de puestos de trabajo (RPT) del pasado 29 de marzo de 2023, en la que las retribuciones de estos quedaban afectadas.
Los tres demandantes alegaron en su día que la resolución de la istración local sobre la RPT "vulnera" algunos artículos del estatuto de Estatuto Básico del Empleado Público, así como la Ley de Bases de Régimen Local, argumentos con los que llevaron al ayuntamiento a los tribunales.
Entre otras cuestiones alegaron la "falta de negociación real y efectiva con los sindicatos" de esa relación de puestos de trabajo y la ausencia de información. "El ayuntamiento no mantuvo en ningún momento un diálogo real y efectivo sobre las condiciones de trabajo y, particularmente, no consta que se remitiera la más mínima documentación para conocer siquiera de qué se estaba hablando". "Tampoco describe de forma suficiente y correcta las funciones de cada puesto de trabajo. También expusieron que la RPT "no fue publicada por completo, ni en la web del ayuntamiento, ni en el Boletín oficial", como se recoge en la sentencia.
Por otro lado, expusieron que la Relación de Puestos de Trabajo incluye cuatro puestos de carácter barrado (dos como A2/C1 y dos como C1/C2) que "el ayuntamiento de Quartell no ha razonado" a lo que se suma la "falta de motivación en lo relativo al método de valoración".
Respuesta del Ayuntamiento de Quartell
El Ayuntamiento de Quartell, como istración demandada, aseguró que "sí existió negociación con los sindicatos y que se remitió a estos toda la documentación pertinente". Que "la valoración de los puestos fue realizada por una entidad (Key Executive, S.L.), contratada a tal efecto por la Diputación de València" y que las funciones de cada puesto constan descritas de forma completa.
También recordó que "la Ley no exige la publicación íntegra de la RPT" y que la posibilidad de incluir puestos barrados se encuentra en la misma, además de que su uso, en este caso, fue acordado por unanimidad. Por último, consideró que "la valoración y la asignación de puntos están suficientemente motivadas".
Después de dos años de proceso, el juzgado de lo Contencioso istrativo Nº 7, en sentencia firme, ha desestimado el recurso presentado por los tres trabajadores y dado validez a la relación de puestos de trabajo aprobada en 2023 por el Ayuntamiento de Quartell.
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